Cómo reclamar comisiones bancarias abusivas (guía 2026)

Cómo reclamar comisiones bancarias abusivas paso a paso (guía completa 2026)

Revisa tu extracto bancario de los últimos meses con calma. Es muy probable que encuentres alguna comisión que ni recuerdas haber aceptado, o que se repite mes tras mes sin que sepas muy bien qué servicio real te está prestando el banco a cambio. No estás solo: las comisiones bancarias abusivas son, año tras año, uno de los motivos de reclamación más frecuentes ante el Banco de España, y 2026 ha traído además una oleada de jurisprudencia del Tribunal Supremo que cambia de forma notable el panorama, tanto a favor como, en algún caso, matizando expectativas excesivas. Esta guía es la más extensa de esta categoría, precisamente porque el tema lo merece: vamos a ver el marco legal, la jurisprudencia más reciente, y el procedimiento exacto para reclamar, con ejemplos numéricos reales.

El principio legal que sostiene toda reclamación de este tipo

Antes de entrar en casos concretos, hay que fijar la base jurídica que rige absolutamente cualquier comisión bancaria en España: la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Sobre esta norma, el Tribunal Supremo ha construido una doctrina consolidada, reafirmada recientemente en la Sentencia 1875/2025, de 17 de diciembre de 2025, que resume el criterio con total claridad: para que una entidad pueda cobrar legítimamente una comisión, deben cumplirse dos requisitos acumulativos:

  1. Que retribuya un servicio real prestado al cliente.
  2. Que los gastos de ese servicio se hayan realizado efectivamente.

Además, el Tribunal Supremo añade un tercer elemento imprescindible: las entidades no pueden cobrar por servicios que el cliente no haya solicitado o aceptado expresamente, y este debe haber sido informado con antelación del importe exacto que va a pagar. Si una comisión no cumple estos requisitos, carece de causa justificada y puede declararse nula, con la consiguiente obligación del banco de devolver lo cobrado indebidamente.

Este principio, aparentemente sencillo, es la llave que abre (o cierra) cualquier reclamación de este tipo, y conviene tenerlo siempre presente antes de entrar en el detalle de cada comisión concreta.

Las comisiones que el Tribunal Supremo ha declarado abusivas (con casos reales)

No se trata de afirmaciones genéricas: existe jurisprudencia concreta, caso por caso, que ha ido delimitando qué comisiones no superan el control legal. Estos son los precedentes más relevantes que debes conocer:

Comisión declarada abusivaSentenciaMotivo
Comisión por reclamación de posiciones deudoras (cláusula genérica)STS 566/2019, 25 de octubre de 2019Cláusula no negociada individualmente, aplicada de forma automática sin gestión real diferenciada
Comisión por ingreso en efectivo realizado por tercerosSTS 328/2022, 26 de abril de 2022El servicio de caja ya está retribuido por la comisión de mantenimiento de la cuenta; cobrarlo dos veces carece de causa
Doble cobro de comisión por descubierto e intereses de demora en la misma cuenta de créditoSTS 1875/2025, 17 de diciembre de 2025Ambos conceptos no pueden coexistir si retribuyen, en la práctica, la misma situación de impago
Comisión de apertura en préstamos personales que no cumple los requisitos de transparenciaSTS 1138/2026 y STS 1147/2026, ambas de 14 de julio de 2026Extiende a préstamos personales (no solo hipotecas) el control de transparencia y proporcionalidad ya aplicado en el ámbito hipotecario

Esta última pareja de sentencias, de julio de 2026, es especialmente relevante y muy reciente: hasta ahora, la jurisprudencia sobre comisiones de apertura abusivas se había desarrollado principalmente en el terreno hipotecario, y las Audiencias Provinciales mantenían criterios dispares para préstamos personales. El Tribunal Supremo ha unificado ahora el criterio, estableciendo que si pagaste una comisión de apertura en un préstamo personal o de consumo, también puedes reclamar su devolución si no se cumplieron los requisitos de transparencia que ahora exige expresamente el Alto Tribunal.

El matiz que hace este artículo honesto (y no un simple «todo es reclamable»)

Aquí conviene introducir un contrapunto importante, y que precisamente el propio Tribunal Supremo se ha encargado de subrayar en 2026: no toda comisión bancaria es abusiva por el simple hecho de existir. La Sentencia 190/2026, de 10 de febrero, analizó específicamente la comisión de subrogación en préstamos hipotecarios y concluyó que esta comisión no es abusiva por sí misma, siempre que supere el control de transparencia correspondiente. El propio tribunal advierte, en palabras que merece la pena tener presentes, que cuando todo se considera abusivo por inercia, el concepto de abusividad «pierde densidad jurídica y se convierte en una etiqueta expansiva, poco útil» para distinguir los casos que sí lo son de los que no.

Esto significa, en la práctica, que antes de reclamar cualquier comisión debes verificar que realmente no responde a un servicio real y efectivamente prestado, y no limitarte a asumir que «toda comisión bancaria es en el fondo un abuso», porque eso debilitaría tu propia reclamación y no se ajusta al criterio real que aplican los tribunales.

Los cuatro requisitos concretos de la comisión por reclamación de posiciones deudoras

Como caso de estudio útil (porque es, con diferencia, una de las comisiones más reclamadas), la Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España estableció hace años, y sigue siendo el criterio de referencia, cuatro requisitos mínimos que debe cumplir esta comisión concreta para considerarse ajustada a las buenas prácticas bancarias:

RequisitoEn qué consiste
1. Vinculación a gestiones efectivasDebe corresponder a una gestión real de reclamación realizada ante el cliente deudor, no aplicarse automáticamente
2. No reiteraciónNo puede cobrarse varias veces por el mismo saldo impagado, ni siquiera si el impago se prolonga en el tiempo con sucesivas liquidaciones
3. Cuantía únicaDebe ser un importe fijo, nunca un porcentaje sobre la deuda
4. No automatismoNo puede aplicarse de forma sistemática sin verificar caso por caso que hubo una gestión real

Si tu banco te ha cobrado esta comisión de forma repetida por el mismo descubierto, o de forma puramente automática sin que medie ninguna gestión de reclamación real (una llamada, una carta, un contacto efectivo), tienes una base sólida y documentada para reclamar su devolución.

Guía paso a paso para reclamar cualquier comisión bancaria abusiva

Paso 1: Revisa tus extractos bancarios de los últimos años. No te limites al último mes: puedes reclamar comisiones cobradas en el pasado, dentro de los plazos de prescripción que veremos más adelante. Presta especial atención a los periodos en los que hayas tenido algún descubierto, algún impago, o hayas recibido dinero de terceros en tu cuenta.

Paso 2: Identifica cada comisión y contrástala con el contrato. Localiza el contrato de tu cuenta o préstamo y verifica si esa comisión concreta estaba pactada expresamente, con su importe claro, y si fuiste informado con antelación antes de que se te aplicara.

Paso 3: Valora si responde a un servicio real y efectivo. Aplica el criterio de los dos requisitos del Tribunal Supremo: ¿hubo un servicio real prestado? ¿Se incurrió efectivamente en un coste por prestarlo? Si la respuesta a cualquiera de las dos es negativa, tienes una reclamación con fundamento.

Paso 4: Presenta una reclamación por escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu banco. Es un paso obligatorio antes de acudir a cualquier vía externa. Expón los hechos, identifica las comisiones concretas con fecha e importe, y solicita expresamente su devolución. El banco dispone de un plazo legal (habitualmente de un mes a dos meses, según el tipo de reclamación) para responder.

Paso 5: Si no hay respuesta o no es satisfactoria, acude al Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Ya explicamos en un artículo anterior de esta serie qué es el Banco de España y qué no puede hacer por ti: recuerda que sus informes, aunque tienen peso, no son vinculantes para la entidad.

Paso 6: Si el banco sigue sin rectificar, valora la vía judicial. Con la documentación reunida (contrato, extractos, reclamación al SAC, informe del Banco de España si lo tienes), un procedimiento judicial, especialmente si el importe es reducido, puede tramitarse incluso sin necesidad de abogado ni procurador en los llamados juicios de escasa cuantía. Para importes mayores o casos más complejos, conviene contar con asesoramiento legal especializado.

Paso 7: Conserva toda la documentación de todo el proceso, incluyendo capturas de pantalla, acuses de recibo y cualquier comunicación con la entidad, tal y como recomendamos también en el artículo sobre cómo denunciar un chiringuito financiero, donde el criterio de documentar todo el proceso es igualmente clave.

Plazos de prescripción: cuánto tiempo hacia atrás puedes reclamar

Este es uno de los puntos donde más dudas surgen, y conviene ser preciso: la acción para reclamar la nulidad de una cláusula abusiva es, según doctrina consolidada, imprescriptible (una cláusula nula lo es desde el origen y no «caduca»). Sin embargo, la acción para reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente sí está sujeta al plazo general de prescripción de las acciones personales, que en España es de cinco años desde la reforma del artículo 1964 del Código Civil operada en 2015 (antes era de quince años). En la práctica, esto significa que, aunque la cláusula que dio origen a la comisión sea nula sin límite temporal, es probable que solo puedas recuperar las cantidades cobradas en los últimos cinco años, no las de toda la vida del contrato.

Simulación práctica: cálculo real de una reclamación

Imagina que revisas los extractos de tu cuenta corriente de los últimos cinco años y detectas el siguiente patrón:

Comisión detectadaFrecuenciaImporte unitarioTotal estimado (5 años)
Comisión por reclamación de posiciones deudoras, aplicada automáticamente cada mes con descubierto8 veces en 5 años35 €280 €
Comisión por ingreso en efectivo de un familiar12 veces2 €24 €
Comisión de apertura de un préstamo personal contratado hace 3 años, sin desglose claro de conceptos1 vez250 €250 €
Total reclamable estimado554 €

Este ejemplo, con importes moderados y realistas, ilustra algo importante: aunque cada comisión individual pueda parecer pequeña, la suma de varias comisiones cobradas de forma sistemática a lo largo de varios años puede alcanzar una cifra nada desdeñable, especialmente si el patrón se repite en varias cuentas o productos.

Tabla resumen: comisiones habituales y su legitimidad según la jurisprudencia actual

Comisión¿Habitualmente legítima?Condición clave
Mantenimiento de cuentaSí, si está pactada y informadaDebe figurar clara en el contrato
Reclamación de posiciones deudorasSolo si cumple los 4 requisitos vistosGestión real, no automática, cuantía fija, no reiterada
Ingreso en efectivo por tercerosHabitualmente NOYa cubierto por la comisión de mantenimiento, según STS 328/2022
Doble cobro descubierto + demoraNOSTS 1875/2025 lo prohíbe expresamente
Comisión de apertura en préstamo personalSolo si cumple los requisitos de transparenciaSTS 1138/2026 y 1147/2026: concepto único, denominación expresa, información previa
Comisión de subrogación hipotecariaSí, generalmente legítimaSTS 190/2026: no es abusiva por sí misma si supera el control de transparencia

Cómo redactar tu reclamación al banco (plantilla orientativa)

Una reclamación bien estructurada suele incluir, como mínimo:

  1. Tus datos identificativos y el número de cuenta o contrato afectado.
  2. Identificación exacta de la comisión que reclamas, con fecha e importe de cada cobro.
  3. El fundamento legal de tu reclamación (referencia a la Orden EHA/2899/2011 y, si aplica, a la sentencia del Tribunal Supremo correspondiente al tipo de comisión).
  4. La solicitud expresa: devolución del importe cobrado indebidamente, con sus intereses legales correspondientes.
  5. Un plazo razonable de respuesta (recuerda que la entidad tiene su propio plazo legal, pero conviene fijarlo también tú para dejar constancia).

Qué hacer si el banco se niega a devolver el dinero

Si tras seguir todo el procedimiento el banco sigue negándose, y el importe reclamado lo justifica, valora acudir a un abogado especializado en derecho bancario y de consumo. Muchos despachos trabajan este tipo de reclamaciones con honorarios condicionados al éxito (solo cobran si se gana), lo que reduce el riesgo económico de emprender la vía judicial incluso para importes moderados.

En resumen

Reclamar comisiones bancarias abusivas no es un ejercicio de desconfianza generalizada hacia tu banco, sino la aplicación de un criterio legal muy concreto que el Tribunal Supremo ha ido perfilando sentencia a sentencia durante los últimos años, con novedades tan recientes como julio de 2026 en materia de préstamos personales. La clave está en revisar sistemáticamente tus extractos, contrastar cada comisión con los dos requisitos esenciales (servicio real y coste efectivo), y seguir el procedimiento de reclamación en el orden correcto: primero tu banco, después el Banco de España, y solo si es necesario, la vía judicial.

Este artículo tiene un carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal personalizado. Para valorar tu caso concreto, especialmente si el importe reclamado es elevado, consulta con un abogado especializado en derecho bancario.

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